Enseñanzas Elementales
Las Enseñanzas artísticas, de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, tienen la finalidad de proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar, la cualificación de los futuros profesionales de la música y/o de la Danza.
El Decreto 50/2025, de 8 de julio, establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas elementales de MÚSICA, (DOCM de fecha 16 de julio de 2025). El Decreto 51/2025, de 8 de julio, establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas elementales de DANZA.
Acceso a las enseñanzas.-
Superar una prueba específica de acceso, la edad mínima de acceso al primer curso será de ocho años y la máxima de doce. La superación de la prueba de acceso es exclusivamente para el curso académico en el que haya sido convocada. El alumnado deberá matricularse de todas las asignaturas del curso y, en su caso, de las asignaturas no superadas de cursos anteriores.
Evaluación.-
Las calificaciones se expresarán mediante una escala numérica de 0 a 10 sin decimales, considerándose positivas las iguales o superiores a 5 y negativas las inferiores a 5.
Promoción.-
El alumnado promocionará de curso cuando haya superado la totalidad de las asignaturas de cada curso o tenga evaluación negativa en una asignatura. El alumnado que no promocione deberá repetir el curso completo.
El alumnado que al término del cuarto curso tuviera pendiente superar una asignatura, sólo tendrá que cursar la asignatura no superada. Sólo podrá repetir de curso una vez en el conjunto de la enseñanza.
Con carácter excepcional y por una única vez, se podrá ampliar en un año el límite de permanencia en supuestos de enfermedad grave u otras circunstancia relevantes que impidan el normal desarrollo de los estudios de conformidad con el procedimiento que establezca al efecto la Consejería competente en materia de educación.
La superación del cuarto curso dará derecho a la obtención del certificado de enseñanzas elementales de Música, que se emitirá sin nota media.
El certificado será expedido por el centro en el que el alumnado haya finalizado los estudios y se ajustará al modelo generado por el sistema de gestión docente del que dispone la Consejería competente en materia de educación.
Asignaturas y horario de Música
| CURSO PRIMERO | ||
|---|---|---|
| Asignaturas | Horas | |
| Instrumento | 1 | |
| Práctica Grupal | 1 | |
| Lenguaje Musical | 2 | |
| CURSO SEGUNDO | ||
|---|---|---|
| Asignaturas | Horas | |
| Instrumento | 1 | |
| Práctica Grupal | 1 | |
| Lenguaje Musical | 2 | |
| CURSO TERCERO | |
|---|---|
| Asignaturas | Horas |
| Instrumento | 1 |
| Lenguaje Musical | 2 |
| Coro | 1 |
| Práctica Grupal | 1 |
| CURSO CUARTO | |
|---|---|
| Asignaturas | Horas |
| Instrumento | 1 |
| Lenguaje Musical | 2 |
| Coro | 1 |
| Práctica Grupal | 1 |
Asignaturas y horario de Danza
| Curso Primero | Curso Segundo | ||
| Asignaturas | Horas semanales | Asignaturas | Horas semanales |
| Música | 1 | Música | 1 |
| Danza Clásica | 3 | Danza Clásica | 3 |
| Danza Española | 1 | Danza Española | 2 |
| Curso Tercero | Curso Cuarto | ||
| Asignaturas | Horas semanales | Asignaturas | Horas semanales |
| Música | 1 | Música | 1 |
| Danza Clásica | 4,5 | Danza Clásica | 6 |
| Danza Española | 3 | Danza Española | 3 |